Prácticamente todos los involucrados en la no presentación del corte de
caja municipal del primer trimestre del año se deslindaron de este hecho, por
lo que podrían fincarles sanciones… menos el alcalde Juan Carlos Campos Ponce
ni el tesorero del Ayuntamiento.
Ellos -a diferencia del síndico Fernando Terán Huerta, de los
integrantes de la Comisión de Hacienda, Financiamiento y Patrimonio, y de la
contralora, Ana Luisa Martínez Sandoval- no presentaron ningún escrito ante el Cabildo
para justificarse o aminorar la responsabilidad en el incumplimiento.
Así, si la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) se decide a aplicar
las sanciones “previstas en el artículo 48, fracción IV, de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos”, el presidente y el tesorero
serían el principal blanco de la autoridad.
El “yo-por-qué” de la Comisión de Hacienda, presidida por el síndico,
por ley, se dio a través de su dictamen, que en realidad no dictaminó nada,
porque no había información de la cuenta que dictaminar (valga la redundancia).
Por ejemplo, este dictamen dice, “por lo que respecta a la cuenta de
Bancos, no se cuenta con la documentación necesaria…”. Agrega: “la cuenta de
Deudores Diversos, el saldo al primer trimestre no cuenta con la
documentación…”. Y así sucesivamente, porque el corte de caja no se presentó.
Y al final de no dictaminar nada, se anota como última conclusión: “Se
hace notar que el ejercicio y aplicación del recurso no es responsabilidad de
la presente Comisión (de Hacienda, Financiamiento y Patrimonio)”. Así de fácil
buscaron deslindarse de la responsabilidad.
La contralora municipal hizo otro tanto. También presentó un documento
en el que señalaba que, con tiempo, pidió a la Tesorería que realizara la
presentación de la cuenta pública. Y le indicaba también lo que tenía que
incluir el informe financiero del primer trimestre.
Regidores de oposición hicieron suyas las observaciones de la
contralora y, de esa forma, también pintaron su raya. Se deslindaron y tendrán
un argumento que presentar cuando sea la hora de entregar cuentas a los
auditores de la ASM que, tarde o temprano, vendrán.
Pero, ¿podrán deslindarse el síndico, la contralora y la Comisión de
Hacienda, cuando la Ley Orgánica Municipal les responsabiliza de la vigilancia
de la correcta aplicación de los recursos?
El artículo 143 de la Ley Orgánica Municipal dice lo siguiente: “La
vigilancia de la Hacienda Pública Municipal corresponde al presidente
municipal, al síndico, a la Comisión respectiva del Ayuntamiento, y al contralor…”.
Asimismo, el artículo 39 del mismo ordenamiento, señala como función de
la Comisión de Hacienda: “III. Ordenar a la Tesorería Municipal la publicación
trimestral del corte de caja”.
El artículo 51 señala como obligación del síndico: “II. Coordinar la
Comisión de Hacienda Pública Municipal del Ayuntamiento y vigilar la correcta
recaudación y aplicación de los fondos públicos”.
La contralora está obligada, según la misma ley, en su artículo 59,
fracción XVI, bis:
“XVI bis. Vigilar, bajo su estricta responsabilidad, el cumplimiento de
las disposiciones de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos…”.
De acuerdo con la ley, el mismo Ayuntamiento (es decir, todos los
regidores, el presidente y el síndico) tiene como obligación, en materia de
Hacienda Pública, lo que dice el artículo 32, inciso C, fracción IX, lo
siguiente:
“Publicar trimestralmente en la tabla de avisos del Ayuntamiento o en
el periódico de mayor circulación en el municipio el estado de origen y
aplicación de los recursos públicos a su cargo”.
Así que, de acuerdo con la ley, es difícil que todos los responsables
en la vigilancia de la correcta aplicación de los recursos se deslinden de la
no presentación, por parte del tesorero, de la cuenta pública del primer
trimestre. Aunque el instinto de conservación los obligó a justificarse y dejar
al alcalde colgado de la brocha con el brete financiero…
- Ricardo Rojas -
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